Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0982/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-26

Carátula: AMOROSINO RODOLFO JORGE C/ STRHAL OSCAR S-ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: NULIDAD CÉDULA

EXPTE. N° 0982/2012

CARATULA: AMOROSINO RODOLFO JORGE C/ STRHAL OSCAR S-ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Viedma, de abril de 2013.-

Atento las constancias de autos, surgiendo de la cédula incorporada a fs. 32 que la parte resolutiva allí transcripta no se corresponde con la sentencia monitoria de fs. 27 y toda vez que dicha notificación debe realizarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del CPCC a los fines que el citado pueda ejercer en debida forma su defensa, corresponde decretar la nulidad de la notificación de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr., debiendo practicarse una nueva en debida forma.-

Asimismo hágase saber a la parte que en lo sucesivo deberá cuidar su actuación a fin de no entorpecer la labor judicial y no inducir a error al contrario.-

Al escrito de fs. 37/38:

Por presentado, parte y domiciliado.-

Estése a la nulidad decretada precedentemente.-

Atento el estado de autos levántese la reserva.-

Rosana Calvetti

Juez

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