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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35802
Fecha: 2006-04-24
Carátula: CONEJEROS Sonia C/RAPIMAN Delia S. S/ Ejecutivo
Descripción: acrecidos//regulacion
General Roca, 24 de abril de 2.006.-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho, la liquidación practicada a fs. 68, por la suma de $ 16,96 al 28.02.2006.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Daniel Ernesto Cuomo en la suma de $ 65.- (M.B. $ 1.291,09, extracciones de fs. 42, 47, 55 y 65)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro