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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41901
Fecha: 2013-04-26
Carátula: SUPERINTENDENCIA de RIESGOS del TRABAJO C/ QUESADA Julio S/ EJECUTIVO
Descripción: ordena embargo
General Roca, 26 de Abril de 2013.-g
Atento la constancia de fs. 56, denunciese el CBU de la cuenta de autos.-
Fecho, líbrese nuevo oficio al Banco de la Nación Argentina, a los mismos fines ordenados a fs. 52, con la mención del CBU denunciado.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo y para su toma de razón líbrense oficios a las entidades bancarias solicitadas a fin de que hagan efectivo el mismo sobre los fondos depositados en caja de ahorro, cuenta corriente, cuenta de valores al cobro, Títulos, Plazo Fijo, y/o cualquier otro concepto, al momento de recepción del oficio o los que se depositen en el futuro, a nombre de la demandada hasta cubrir la suma de $ 4.023,42 en concepto de capital con más la de $ 2.000.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Hágase saber deberá abstenerse de realizar retenciones sobre los montos que resulten de acreditación de haberes, jubilaciones y/o pensiones del demandado.-
De lograrse la medida dispuesta en una de las entidades bancarias, la ejecutante debe abstenerse de hacerlo en las restantes mencionadas.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro