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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39496
Fecha: 2013-04-26
Carátula: ALVAREZ Mario Nestor S/ QUIEBRA
Descripción: vta. a notificar traslado
//neral Roca, 26 de ABRIL de 2013.=
Proveyendo a fs. 626/628.- Hágase saber al presentante que por cuestiones de organización del Tribunal no es posible conceder el pronto despacho solicitado.-
A la revocatoria y apelación en subsidio interpuesta no ha lugar.-
Acredítese en debida forma, con copia certificada de las sentencias en las que se regularon honorarios y fueron embargados los honorarios por parte del Banco Hipotecario S.A. y se proveerá.-
Ello de conformidad con lo dispuesto a fs. 578 el 50% de los honorarios regulados en el periodo del 07-09-2009 y el 01-03-2011 inclusive corresponden al activo de esta quiebra y los honorarios regulados fuera de dicho periodo corresponden al fallido.-
Al punto IV, por recibidos los oficios adjuntados a fs. 624 y 625, hágase saber a la Sra. Jueza Elizabeth García Fleiss que atento a la fecha de regulación no corresponde trabar embargo sobre la suma retribuida, quedando a disposición del Dr. Mario Alvarez.- Y a la Dra. Paula Stanislvsky que se tiene presente lo manifestado.
Cúmplase por Secretaría.-
Proveyendo a fs. 629: Estese a lo proveído precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro