Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0296/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-25

Carátula: T.P.S. S.R.L. C/ COBRA SEGURIDAD S.R.L. S/ EJECUCION PRENDARIA

Descripción: no ha lugar - devuelve

EXPTE. Nº 0296/2012

CARATULA: T.P.S. S.R.L. C/ COBRA SEGURIDAD S.R.L. S/ EJECUCION PRENDARIA

Viedma, de abril de 2013.-

Toda vez que el sr. Bruni no es demandado y no habiéndose acreditado representación alguna, a lo solicitado no ha lugar.-

En consecuencia, devuélvase el escrito presentado y la documental acompañada, dejándose debida constancia por Secretaria.-

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha procedo a devolver un escrito presentado por el Sr. Juan José Bruni, por propio derecho, con el patrocinio de la Dra. M. Alejandra Jara, el día 18/04/13 a las 9.30 en una foja caratulado: "Contesta ejecución prendaria" y 8 (ocho) recibos, conforme lo ordenado precedentemente. Conste.

Secretaria, abril de 2.013.-

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Poder Judicial de Río Negro