Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0622/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-19

Carátula: NUÑEZ NANCY RAQUEL C/ CATRIEL ORLANDO ORESTE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: EFECTIVIZA APERCIBIMIENTO - NULIDAD

EXPTE. Nº 0622/2012

CARATULA: NUÑEZ NANCY RAQUEL C/ CATRIEL ORLANDO ORESTE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de abril de 2013.-

Toda vez que con el formulario acompañado no se acreditó que la sra. Railef sea curadora del demandado y habiendo vencido el plazo otorgado a fs. 58, hágase efectivo el apercibimiento allí dispuesto y en consecuencia corresponde decretar la nulidad de todo lo actuado por la Sra. Railef en representación del demandado..-

Firme que se encuentre el presente procédase a desglosar el escrito de contestación de demanda obrante a fs. 47/51.-

En consecuencia y a los fines de resguardar el principio de defensa e igualdad en juicio, suspéndanse los plazos en las presentes actuaciones hasta que se acredite en autos la designación de curador del demandado, a fin de correr el pertinente traslado de demanda.-

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Poder Judicial de Río Negro