Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0064/01/6

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-19

Carátula: IZQUIERDO MARIA TERESA Y OTROS C/ CLINICA VIEDMA S.A. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: INTIMA A DEPOSITAR

EXPTE. Nº : 0064/01/6.-

CARATULA: IZQUIERDO MARIA TERESA Y OTROS C/ CLINICA VIEDMA S.A. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

Sra. Juez:

Informo a Ud. que se ha encontrado una media media carátula correspondiente a las presentes actuaciones que por un error involuntario no fue incorporada en su oportunidad. Conste.-

Secretaría, de abril de 2013.-

Viedma, de abril de 2013.-

Tiénese presente lo informado, en consecuencia, agréguese la media carátula formada.-

Proveyendo a fs. 1175:

Atento lo peticionado y en los términos del art. 77 quinto párrafo del C.P.C.C., intímase a la Clínica Viedma S.A. a depositar la suma correspondiente el 50% de los honorarios regulados al perito Carlos A. Agüero. Notifíquese.-

Hágase saber al perito que en su caso, deberá ocurrir por la vía y forma que corresponda.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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