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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0083/2011
Fecha: 2013-04-18
Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CARDOSO PERLA ROMINA S/ EJECUTIVO
Descripción: SE HACE EFECTIVO ART. 399 C.Pr. ENTIDAD PRIVADA
EXPTE Nº 0083/2011
AUTOS: "PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CARDOSO PERLA ROMINA S/ EJECUTIVO"
Viedma, abril de 2.013.-
Agréguese y tiénese presente.-
Atento lo peticionado y lo que surge de las constancias de autos, líbrese nuevo oficio a HG Service SRL a los fines que dé cumplimiento con lo ordenado mediante oficio N° 1672/11 y su reiteratorio N° 1866/12, en el plazo de 10 días, bajo apercibimiento de aplicar en concepto de astreintes la suma de $ 50 diarios por día de incumplimiento a favor de la peticionante (conf. art. 37 del CPCC). El oficio será diligenciado por el Sr. Juez de Paz de la ciudad de Allen y entregado en forma personal al titular de la entidad comercial mencionada o persona autorizada a tal efecto.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro