Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0074/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-18

Carátula: MAIDANA OSCAR DANIEL Y OTROS C/ TRANSPORTE C.D.C. S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.

EXPTE. Nº 0074/2012

AUTOS: MAIDANA OSCAR DANIEL Y OTROS C/ TRANSPORTE C.D.C. S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de abril de 2013.-

Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del CPCC que da cuenta el acta obrante a fs. 94, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA (MAIDANA Y OTROS)

DOCUMENTAL: Agregada a la causa.-

INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado de Instrucción Nº 2, Secretaría nº 4 de Viedma a fin que remita "ad effectum videndi et probandi" los autos: "Calderón Roberto Carlos s/ Homicidio culposo en Acc. Tto." (Expte. nº 44715/10), o en su defecto copia certificada de las actuaciones.-

PERICIA PSICOLOGICA: A los fines de designar el perito psicólogo que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 10 de mayo de 2013 a las 9 horas. Notifíquese al Colegio de Psicólogos (sito en Perito Moreno nº 96 de Viedma).-

PRUEBA DEMANDADA (TRANSPORTE C.D.C. S.A. Y OTROS ):

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-

INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado de Instrucción Nº 2, Secretaría nº 4 de Viedma a fin que remita "ad effectum videndi et probandi" los autos: "Calderón Roberto Carlos s/ Homicidio culposo en Acc. Tto." (Expte. nº 44715/10), o en su defecto copia certificada de las actuaciones.-

INFORMATIVA: Líbrese oficio a la Municipalidad de San Antonio Oeste para que informe si el Sr. Oscar Daniel Maidana posee un local comercial dedicado a gomería habilitado a su nombre en esa localidad; en caso afirmativo, informe ubicación y medidas de seguridad requeridas a los fines de su habilitación.-

PERICIA PSICOLOGICA: Estése a la audiencia señalada en la prueba de la parte actora.-

PERICIA ACCIDENTOLOGICA: A los fines de la realización de la pericia desígnase perito accidentológico al sr. Carlos Alberto Montenegro, domiciliado en Arroyo del Ternero 509 esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificado y presentar la pericia dentro de los 15 días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a los puntos ofrecidos a fs. 89 vta. y deberá contener en caso de incluir varias hipótesis posibles, una justificación clara de cuál es la más verosímil. Notifíquese.-

A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 6 de junio de 2.013 a las 12 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora los Sres. José Roberto Rodríguez, Luciano Dorini, Héctor Ariel Rolando y Roberto Willian Borch, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 13 de junio de 2.013 a las 12 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-

Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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