Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1080/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-17

Carátula: LEMMA ELISABEL TERESA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (IPROSS) Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: RECTIFICACION DEMANDA - LLAMADO DE ATENCION GALEANO

EXPTE. Nº 1080/2012

LEMMA ELISABEL TERESA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (IPROSS) Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de abril de 2013.-

Tiénese presente la rectificación y ampliación efectuada (conf. 331 CPCC). En virtud de lo dispuesto y en atención a la forma en que dicha modificación de demanda se realizara, con el objeto de evitar confusión en las partes, hágase saber que la intervención dada a fs. 90 deberá serlo con respecto al escrito de fs. 91/103 con el que se suple el obrante a fs. 62/81.-

Sin perjuicio de lo precedentemente dispuesto, atento la reiteración de esta práctica por parte del letrado actuante no obstante las explicaciones y advertencias realizadas por Secretaría, hágase saber al Dr. Ignacio Javier Galiano que en lo sucesivo y en las actuaciones realizadas por ante este Juzgado, deberá abstenerse de presentar escritos que generen dispendio jurisdiccional, puedan inducir a error al juzgado o al contrario, o generar un perjuicio a su propia parte, bajo aperbimiento de realizar la pertinente denuncia por ante el Tribunal de Etica del Colegio de Abogados de Viedma.-

Rosana Calvetti

Juez

Rosana Calvetti

Juez

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