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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37527
Fecha: 2013-04-17
Carátula: GARELIK Enrique S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: REGULA
//neral Roca, 17 de ABRIL de 2.013.=
Proveyendo el escrito de fs. 146, regulo, por su actuación (fs. 138/140) los honorarios profesionales del Dr. Jorge E. Calamara Budiño en la suma de $ 3.000.- (M.B. $ 64.757,25.- arts. 6, 7, 25 y 44 L.A. 2212.-)
El monto base surge de fs. 169 de los autos "Garelik Esther S/Sucesión" (Expte. 24.767-IV-91) y se toma $ 64.757,25.-, el 20% por ser cinco herederos, por cada etapa y $ 8.420 se toma la actividad parcial realizada en la tercera etapa por el profesional.
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Proveyendo el escrito de fs. 147, de lo manifestado, dése nueva vista a Caja Forense.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro