Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0810/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-16

Carátula: OCAMPOS ENRIQUE RAFAEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA - MINISTERIO DE GOBIERNO) S/ ORDINARIO

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0810/2007.-

CARATULA: OCAMPOS ENRIQUE RAFAEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA - MINISTERIO DE GOBIERNO) S/ ORDINARIO.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 265 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA (OCAMPOS)

DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA: De la Provincia de Río Negro obrante a fs. 522.-

DOCUMENTAL EN PODER DE TERCERO: Del Hospital Zatti desistida a fs. 265.-

INSTRUMENTAL: Del Juzgado de Instrucción Nº 4 de la Primera circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Viedma el Expte. Nº 259/06 "Comisaría Primera de Viedma S/ Investigación Lesiones Graves" informado a fs. 336. Del Juzgado en lo Correccional Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, el expte. Nº 1548-4/08 "Gringo Ariel E. y Centeno Osvaldo A S/ Lesiones Graves Culposas" reservado en Secretaría conforme a fs. 350 (o-07/10).-

INFORMATIVA: De la Comisaría Primera de Viedma obrante a fs. 558. De la Jefatura de Policía de la Provincia de Río Negro obrante a fs. 331. Del Departamento de Seguridad en Costas y Playas de la Municipalidad de Viedma obrante a fs. 289.-

RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTAL FOTOGRAFICA: Del sr. Ramón Alfredo Ocampos obrante a fs. 276.-

PRUEBA DEMANDADA (PROVINCIA DE RIO NEGRO):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: De la Municipalidad de Viedma obrante a fs. 567 y 584. De la Policía de la Provincia de Río Negro obrante a fs. 602.-

INSTRUMENTAL: Del Juzgado en lo Correccional Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, el expte. Nº 1548-4/08 "Gringo Ariel E. y Centeno Osvaldo A S/ Lesiones Graves Culposas" reservado en Secretaría conforme a fs. 350.-

PRUEBA TERCERO CITADOS (GRINGO - CENTENO):

INSTRUMENTAL: Del Juzgado en lo Correccional Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, el expte. Nº 1548-4/08 "Gringo Ariel E. y Centeno Osvaldo A S/ Lesiones Graves Culposas" reservado en Secretaría conforme a fs. 350.-

INFORMATIVA: De la Agencia Río Negro Deportes obrante a fs. 624, Municipalidades de Viedma obrante a fs. 619, Municipalidad de San Antonio Oeste obrante a fs. 646 y Municipalidad de Carmen de Patagones obrante a fs. 642. De la Asociación APRUCOVI, Club Estrella Roja y Eventos Cacique, declarada la negligencia a fs. 656 y de la Asociación Organizadora de la Fiesta del 7 de marzo de Carmen de Patagones declarada la negligencia a fs. 663. De VIARSE obrante a fs. 635. Del Comercio "DISTRISUR" declarada la negligencia a fs. 635.- Del MINISTERIO DE GOBIERNO - JEFATURA DE POLICIA obrante a fs. 640.-

TESTIMONIALES: Registrada de manera audiovisual (filmación) de los sres. Norberto Martín Varela (D.N.I. Nº 28..070.660), Eduardo Carlos Frías (D.N.I. Nº M7.828.223), Carlos Alberto Bustos (D.N.I. Nº 27.828.628), Nelson José Valsecchi (D.N.I. Nº 28.138.866), Cristian Angel Mancinelli (D.N.I. Nº 27.773.667), Gustavo Andrés Chazarreta (D.N.I. Nº 27.431.465), César Rubén Gunther (D.N.I. Nº 29.794.317), Fernando Martín Neumann (D.N.I. Nº 24.694.261) y César Fernando Linares Konof (D.N.I. Nº 25.929.187) y desistimiento del testigo, Favio Andrés Calvo, según constancia a fs. 241. De los testigos Cristian Anticoy, Fabián Alvarez, Juan Frego y Sandro Ariel Robledo, desistidos a fs. 254.-

PERICIA MEDICA ESTETICA: Del Dr. Jorge Raúl Boland obrante a fs. 443/444. Observada a fs. 446 y contestada a fs. 449/451.-

PERICIA MEDICA: Del Dr. Jorge Raúl Boland obrante a fs. 402/411. Observada por la demandada a fs. 413/414 y contestada a fs. 425/426. Observada por la actora a fs. 415/416 y contestada a fs. 419/421.-

PERICIA PSICOLOGICA: De la Lic. María Eva Calpakchi obrante a fs. 385/389. Observada a fs. 392 y constestada a fs. 396/397.-

PERICIA INGENIERIA CIVIL: Del Ing. ALDO HUGO PICHUN desistida a fs. 400.-

SECRETARIA, de abril de 2013.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, de abril de 2013.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

Fórmense tercer y cuarto cuerpo a partir de las fs. 401 y 605, respectivamente.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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