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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42365
Fecha: 2013-04-16
Carátula: FERNANDEZ y/o FERNANDEZ VILLAR Albino S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA
//neral Roca, 16 de ABRIL de 2013.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "FERNANDEZ y/o FERNANDEZ VILLAR ALBINO S/SUCESION" (Expte. Nro. 42.365-III-2012).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Albino Fernández y/o Fernández Villar, ocurrido el 08 de marzo de 2010 en General Roca, Río Negro (certificado a fs. 2).
A fs. 36 se aprueba información sumaria producida a fs. 32/33, estableciéndose que Albino Fernández y/o Albino Fernández Villar son una misma y única persona.
El causante se encontraba unido en matrimonio con Haydeé Esmilda Entraigas, por acto celebrado el 22 de junio de 1961 en General Conesa (RN), certificado a fs. 3.-
De dicha unión nacieron:
Graciela Haydeé: el 08 de mayo de 1962 en General Roca (RN), certificado a fs. 4.-
José Luis: el 08 de julio de 1964 en General Roca (RN), certificado a fs. 5.-
Rosana Valeria: el 27 de noviembre de 1967 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 6.-
A fs. 13 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 27 y 28 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 17/19 y 22/4 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de ALBINO FERNANDEZ y/o ALBINO FERNANDEZ VILLAR le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos GRACIELA HAYDEE, JOSE LUIS y ROSANA VALERIA de apellido FERNANDEZ y ENTRAIGAS, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite HAYDEE ESMILDA ENTRAIGAS de FERNANDEZ sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro