include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39953
Fecha: 2013-04-16
Carátula: BERON José Orlando C/ VAZQUEZ Fernando Luis y San Cristobal S.M.G.G. S/ ORDINARIO
Descripción: a cédula//PREVIO ELEVACION
General Roca, 16 de abril de 2013.s-
Previo a la elevación a Cámara de Apelaciones, estése a la devolución de las cédulas libradas en autos y cuya constancia obra a fs. 499-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
SAN CRISTOBAL SEGUROS GENERALES y Fernando luis Vazquez-
Dres. LUIS ALBERTO MARSO, WALTER MAXWELL, CAROLINA MARSO y HERNAN RIVAS
Tucuman 661, 3° piso, oficinas 15/6 (constituído)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BERON José Orlando c/VAZQUEZ Fernando Luis y San Cristobal S.M.G.G. S/ Ordinario" (Expte. N* 39953) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 23 de agosto de 2012.s-Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs. 498. Not.-Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Alberto Ariel Urbieta en la suma de $25.000.-, los de la Dra. María Fernanda Cataldo (actuación a partir de fs. 220) en la suma de $10.000.-, los del Dr. Luis A. Marsó en la suma de $ 10.000-, los del Dr. Walter A. Maxwell en $ 11.500.- , los del Dr. Hernán Rivas en la suma de $11.500.- y los de la Dra. Carolina Marsó (por su actuación de fs. 220) en la suma de $2.000.-.- (M.B. $ 250.000, arts. 6, 7, 8 y 39 de la ley 2212).Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.- Regulo los honorarios profesionales de los peritos: Hugo Rujan en $3.000.-, los de Mario Antonio Figueroa en $3.000.- y los de Alfredo Zinkgraf en$ 3.000.- .- - Notifíquese.- Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 16 de abril de 2013.s-.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
JOSE ORLANDO BERON
DRES. Maria Fernanda Cataldo y Ariel Urbieta
BELGRANO 1674 (constituído)
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BERON José Orlando c/VAZQUEZ Fernando Luis y San Cristobal S.M.G.G. S/ Ordinario" (Expte. N* 39953) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 23 de agosto de 2012.s-Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs. 498. Not.-Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Alberto Ariel Urbieta en la suma de $25.000.-, los de la Dra. María Fernanda Cataldo (actuación a partir de fs. 220) en la suma de $10.000.-, los del Dr. Luis A. Marsó en la suma de $ 10.000-, los del Dr. Walter A. Maxwell en $ 11.500.- , los del Dr. Hernán Rivas en la suma de $11.500.- y los de la Dra. Carolina Marsó (por su actuación de fs. 220) en la suma de $2.000.-.- (M.B. $ 250.000, arts. 6, 7, 8 y 39 de la ley 2212).Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.- Regulo los honorarios profesionales de los peritos: Hugo Rujan en $3.000.-, los de Mario Antonio Figueroa en $3.000.- y los de Alfredo Zinkgraf en$ 3.000.- .- - Notifíquese.- Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 16 de abril de 2013.s-.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973
G E N E R A L R O C A
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BERON José Orlando c/VAZQUEZ Fernando Luis y San Cristobal S.M.G.G. S/ Ordinario" (Expte. N* 39953) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 23 de agosto de 2012.s-Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs. 498. Not.-Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Alberto Ariel Urbieta en la suma de $25.000.-, los de la Dra. María Fernanda Cataldo (actuación a partir de fs. 220) en la suma de $10.000.-, los del Dr. Luis A. Marsó en la suma de $ 10.000-, los del Dr. Walter A. Maxwell en $ 11.500.- , los del Dr. Hernán Rivas en la suma de $11.500.- y los de la Dra. Carolina Marsó (por su actuación de fs. 220) en la suma de $2.000.-.- (M.B. $ 250.000, arts. 6, 7, 8 y 39 de la ley 2212).Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.- Regulo los honorarios profesionales de los peritos: Hugo Rujan en $3.000.-, los de Mario Antonio Figueroa en $3.000.- y los de Alfredo Zinkgraf en$ 3.000.- .- - Notifíquese.- Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 16 de abril de 2013.s-.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro