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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39406
Fecha: 2013-04-11
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ GONZALEZ Marcelo Alejandro S/ EJECUTIVO
Descripción: Regulación
Expte. 39406.-
//neral Roca, 11 de abril de 2013.-j
Atento el estado de autos, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Adrián Gustavo Saggina en $ 150.- (MB: $1.787,08).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-
Atento no existir actuación de la Dra. Zubeldía, a la regulación de honorarios por acrecidos, no ha lugar.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro