Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0172/2013

N° Receptoría: A-1VI-16-C2013

Fecha: 2013-04-10

Carátula: GILARDI NANCY LILIANA C/ LIDER AUTOMOTORES S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: INICIA DEMANDA - Nuevo

EXPTE N° 0172/2013

CARATULA: GILARDI NANCY LILIANA C/ LIDER AUTOMOTORES S.A. S/ ORDINARIO

Viedma, de abril de 2013.-

Por presentada, parte a tenor del poder que se agrega y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada y previa certificación por Secretaria del título del automotor y certificados del auxiliar mecánico, devuélvanse los originales solicitados.-

Resérvense en Secretaría los respuestos presentados, quedando a disposición de la contraria para su consulta y observación.-

De conformidad con lo solicitado tiénese presente lo dispuesto en el art. 53 de la ley 24.240 en cuanto concede el beneficio de litigar sin gastos a la peticionante.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del CPCC), córrase traslado al demandado por el término de 15 días, a quien se cita y emplaza para que la conteste, oponga excepciones y acompañe la documental de que intente valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del CPCC. Haciéndosele saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y 135 CPCC). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

En igual fecha procedí a dar cumplimiento con la reserva de los repuestos presentados bajo registro G-05/13. Conste.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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