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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39936
Fecha: 2013-04-10
Carátula: SCHNEIDER Jorge Guillermo C/ SERVICIOS PETROLEROS Y MINEROS PATAGONICOS S.R.L. S/ EJECUCION DE CONVENIO
Descripción: Ordena embargo
Expte. 39936.-
//neral Roca, 10 de abril de 2013.-j
Atento lo solicitado y el estado de autos, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto líbrense oficios a las entidades bancarias solicitadas a fin de que hagan efectivo el mismo sobre los fondos depositados en caja de ahorro, cuenta corriente, cuenta de valores al cobro, Títulos, Plazo Fijo, y/o cualquier otro concepto, al momento de recepción del oficio o los que se depositen en el futuro, a nombre de la demandada hasta cubrir la suma de $ 51.477,70 en concepto de capital con más la de $ 25.000.- que se presupuestan para costas. Hágase saber a las entidades que deberán informar a la persona facultada, el saldo existente a favor de la demandada. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo ordenado.-
Se deja constancia que el monto de capital surge de la planilla aprobada a fs 102 menos la transferencia de fs. 134 y el cheque de fs. 160.-
Advirtiendo en este estadio el nuevo domicilio constituído por el actor a fs.183, del mismo, traslado. Not.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro