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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35922
Fecha: 2013-04-10
Carátula: FISCALIA ESTADO RN C/ CONCELLON Miguel Angel y otros S/ EJECUCION PRENDARIA
Descripción: regulacion
General Roca, 10 de abril de 2.013.-
Téngase presente lo manifestado y hágase saber al firmante que deberá continuar con sus gestiones conforme con el art. 53 del C.P.C..-
Notifíquese al poderdante para que dentro del término de cinco días comparezca en autos por sí o por apoderado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. antes citado. Para su cumplimiento, líbrese cédula a Viedma.-
Atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones (a partir de fs. 36) los honorarios de la Dra. Mónica Baldoni en la suma de $ 250.- (Arts.. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro