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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30276III
Fecha: 2013-04-10
Carátula: CARMONA Sebastián S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: librese oficio
//neral Roca, 10 de ABRIL de 2013.=
Proveyendo el escrito de fs. 188, al punto I, agréguese y téngase presente.
Al punto II, téngase presente y a los mismos fines líbrese oficio al Registro de Propiedad del Inmueble, debiendo darse cumplimiento bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial.
Respecto a la fijación de plazo, no ha lugar por no corresponder.
Al punto III, previo a lo peticionado y a fin de establecer que Sebastian Carmona y/o Sebastian Carmona Garcia son una misma y única persona. ofrézcase información sumaria.
Al punto IV, hágase saber al Registro que el apellido de la cónyuge de la causante es "Bastida" según surge de la documentación adjuntada y como tal, se consignó en la declaratoria de herederos.
Proveyendo el escrito de fs.203, agréguese, téngase presente y estése a lo ordenado a fs. 159.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro