Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0413/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-04-05

Carátula: SANSO CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: Virginia Francioni y Ricardo Marcelo Stella

Domicilio: Ituzaingo y Rivadavia 1º Piso - (constituido)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SANSO CARLOS ALBERTO C/ S/SUCESION AB INTESTATO", Expte. Nº 0413/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 3 de abril de 2.013.-... Hágase saber al escribano Osbaldo César Majo que en lo sucesivo y con relación a las causas que tramiten ante este juzgado deberá abstenerse de realizar actos notariales distintos a los autorizados judicialmente, como, de igual manera, los letrados intervinientes deberán abstenerse de provocar dilaciones que dificulten el proceso con peticiones que no se condicen con la realidad de lo pretendido por los herederos.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de abril de 2013.-

*05TXHO.3GT7UA*

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Poder Judicial de Río Negro