Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36742

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-27

Carátula: GARCIA TERAN Marcela C/ FERNANDEZ Neli Beatriz S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: providencia- embargo

General Roca, 27 de marzo de 2013.-

No habiendo fondos depositados ni realizado extracción alguna a la aprobación de planilla no ha lugar.-

Téngase presente, y atento las constancias de fs. 37/39, a fin de reinscribir el embargo líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor No Cuatro con asiento en la ciudad de Neuquén en los términos de la Ley 22172, haciendose efectiva la medida siempre y cuando sea titular registral la aqui demandada y por la suma de $ 1.730,71 en concepto de capital con más la de $ 500.- calculados para intereses y costas.-

Requiérase asimismo condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-

Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro