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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26195/12
Fecha: 2013-03-26
Carátula: MURATTI MARIA CARINA AMPARO S INCIDENTE DE S/ APELACION
Descripción: Sentencia honorarios
///MA, 26 de marzo de 2013.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “MURATTI MARIA CARINA AMPARO S/ INCIDENTE DE S/ APELACION" (Expte. N° 26195/12-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Que a fs.87 los doctores Miguel Blanco Crespo, Mariana Alejandra Blanco y Julieta Blanco solicitan se regulen sus honorarios profesionales por la actuación efectuada en el presente incidente de apelación.- - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que mediante Se.Nº 178 obrante a fs.77/83 se rechazó el recurso la apelación interpuesto por el apoderado de Fiscalía de Estado, Dr. Roberto Stella y confirmó el pronunciamiento de la Dra. Marcela Pájaro, del Juzgado de Familia Nº 5 de la IIIra. Circunscripción Judicial, obrante a fs. 37/43, por los fundamentos dados en los considerandos. Con costas (art.68 Cód.Proc.Civ. y Com.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que en razón de lo expuesto precedentemente, corresponde fijar prudencialmente la retribución de los profesionales peticionantes por sus actuaciones en esta instancia, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo prescripto por los artS. 37 Y 15 de la Ley de Aranceles G Nº 2212, regulando los honorarios profesionales de los doctores Miguel Blanco Crespo, Mariana Alejandra Blanco y Julieta Blanco -en conjunto- en la suma equivalente al 30% de 10 Jus o sea en la suma de Pesos OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($852).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Por ello, conforme lo faculta el art.39 de la L.O.,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Regular los honorarios profesionales de los doctores Miguel Blanco Crespo, Mariana Alejandra Blanco y Julieta Blanco -en conjunto- en la suma de Pesos OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($852), equivalente al 30% de 10 Jus (arts.35 y 37 L.A.).- - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvanse las actuaciones al Tribunal de origen.- - - - - - - - - - - - - - - -
(FDO)SERGIO M.BAROTTO-JUEZ-ENRIQUE J.MANSILLA-JUEZ.ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA- SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro