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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26390713
Fecha: 2013-03-25
Carátula: CAYUNAO GONZALO S/ HABEAS CORPUS
Descripción: rech.in limine céd.of.
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Expte.N* -STJ-
///MA, de marzo de 2013.-
-----Por recibido.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Sin perjuicio de estarse a la recepción del escrito original, no surgiendo de la presentación de fs. 2/3 el encuadramiento en el art.1º y cc. de la ley 3368 que reglamenta el "habeas corpus" en jurisdicción de la Provincia, rechazase “in limine” la pretensión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----No obstante, y atento al tenor de lo peticionado -libertad condicional y tratamiento -, remítase copias de la presentación al Tribunal de Ejecución Penal – a los fines de dar tratamiento a lo peticionado(cf. "INTERNOS PABELLÓN Nº 12 ESTAB. DE EJEC. P. Y ENC. GRAL ROCA S/HABEAS CORPUS”, Se.Nº29 del 29.04.09; "RUSCONI" Se.Nº 30 del 10.04.01, “LILLO Cecilio s/HABEAS CORPUS”, del 06.03.07; “GOMEZ Julio Luis Miguel s/PETICION”; “CABEZAS, Sergio Fabián s/ HABEAS CORPUS”, del 20.03.07; entre otros, y debiendo darse debida intervención al Defensor del interno para que ejerza su Ministerio.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Notifíquese al interno por cédula y ofíciese a sus efectos.- -----Fecho.Archívese.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
ENRIQUE J. MANSILLA
PRESIDENTE
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro