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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0760/2012
Fecha: 2013-03-21
Carátula: ZUÑIGA MARIA ESTELA C/ MARCEL ANDRES S/ EJECUTIVO
Descripción: AG - INTERPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0760/2012
CARATULA: ZUÑIGA MARIA ESTELA C/ MARCEL ANDRES S/ EJECUTIVO
Viedma, de marzo de 2013.-
Agréguese.-
Habiendo comparecido el demandado a autos, a lo peticionado no ha lugar.-
En consecuencia, provéase el escrito de fs. 11/13:
Por opuesta excepción, de ella y del pedido de levantamiento de embargo, córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 18:
No cumpliendo el requisito dispuesto por el art. 118 inc. 3) del CPCC el escrito presentado, cúmplase con ello y se proveerá.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro