Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0753/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-21

Carátula: PARRA NORMA ELISA C/ SANTI ORLANDO OSCAR Y OTROS S/ USUCAPION

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0753/2009.-

CARATULA: PARRA NORMA ELISA C/ SANTI ORLANDO OSCAR Y OTROS S/ USUCAPION.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 110 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA:

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: 1) A Edersa de la ciudad de Viedma y/o General Conesa obrante a fs. 80. 2) Al Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro obrante a fs. 105/108.-

TESTIMONIAL: De los sres. Juan Ernesto Suarez a fs. 101, José Cinforiano Fuentes a fs. 102, Carlos Alberto Mañone a fs. 104, Juan Américo Epherra a fs. 104 y Esterlina Demetrio Sepúlveda San Martín desistida a fs. 109.-

SECRETARIA, de marzo de 2013.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, de marzo de 2013.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro