Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 20079/05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-10

Carátula: MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE S/ MANDAMUS

Descripción: Medida p/Mejor Proveer-CÉD-OF..-

Expte.N°20079/05-STJ-

///MA, 09 de mayo de 2005.-

“ODARDA MARIA MAGDALENA S/MANDAMUS” (EXPTE 20085-346-2005).-

“IRIBARREN NELSON RUBEN INTENDENTE DE SIERRA GRANDE S/MANDAMUS” (EXPTE 20079-345-2005).-

Sr Presidente del S.T.J.:

Nuevamente llega al suscripto en carácter de Juez de primer voto la causa citada inicialmente “ut supra”, tramitada como “mandamiento de ejecución” a tenor del art 44 de la C.P. (Expte 20085-346-2005), lo que oportunamente me llevó a solicitar medidas a fs 13, a la que luego se agregó y dispuso el acollaramiento del otro Expte 20079-345-2005 a sus fs 19 para un pronunciamiento unívoco, de las que devinieron los informes del Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, de VIARSE y de la MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE.-

Advierto que en dichas fs. 13 ya había insinuado que, de ser menester debía realizarse un reconocimiento judicial y a mayor abundamiento a fs. 7 vta del Expte 20079-345-2005 ya la Municipalidad había ofrecido material probatorio, entre el cual se incluye una pericial a cargo de un PERITO OFICIAL VIAL, agregando como elemento sustantivo que la amparista en esta última también invocó a fs. 6 “...reparar el bien jurídico lesionado, que es nada mas ni menos que la propia transitabilidad de las rutas provinciales del suelo rionegrino y la protección de los derechos de incidencia colectiva, como bien recepta nuestra constitución nacional en su nuevo artículo 43, 3er. Parr. ...”.-

Ante ello y sin perjuicio de la naturaleza y excepcionalidad de la acción, el contenido de los informes obrantes en ambos Exptes. y los dictámenes ya producidos por la Sra. Procuradora General, considero necesario realizar el lunes 23 del corriente a las 9:00 un reconocimiento judicial en el tramo de la Ruta provincial nro. 5 entre SIERRA GRANDE y PLAYAS DORADAS, con la presencia de sendos accionantes (MARIA MAGDALENA ODARDA y la MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE, que es la amparista, no NELSON RUBEN IRIBARREN), la FISCALIA DE ESTADO por la Provincia-concedente y la concesionaria VIARSE, a cuyos efectos se designe un PERITO OFICIAL VIAL del Distrito 20 de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, con sede en esta Capital, para lo cual se oficie formulando el requerimiento y encomendando las restantes diligencias para la concreción de ese acto procesal al Secretario de Causas Originarias del S.T.J., incluyendo recaratular el Expte 20079-345- 2005.-

“Ad interim”, se vuelvan a interrumpir los plazos para fallar.-

Expte.N°20079/05-STJ-

///MA, 10 de mayo de 2005.-

Acorde lo solicitado por el señor juez de 1er.voto doctor Luis Lutz, interrúmpanse los plazos para fallar y por Secretaria:

1°) Procédase a recaratular el expediente N° 20079-345/2005 como "MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE S/MANDAMUS".-

2º) Acumúlese el expte. Nº20085-346/05 al presente.

3°) Fíjase audiencia de reconocimiento judicial de la ruta Provincial N° 5 -tramo Sierra Grande a Playas Doradas- el día 23 de mayo pxmo., con partida del Juzgado de Paz de la citada localidad a las 8.30 hs.; a la que deberán concurrir los accionantes María M.Odarda, la Municipalidad de Sierra Grande, la FISCALIA DE ESTADO por la Provincia-concedente, la concesionaria VIARSE y un Perito Vial.-

3°) Requiérase al Distrito 20 de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, con sede en esta Capital, la colaboración de un Perito Vial para efectuar un informe "in situ" sobre el estado de la ruta Provincial N° 5, con asistencia a la audiencia fijada precedentemente para el día 23.05.05, con gastos que irrogue a cargo del Tribunal. A sus efectos, ofíciese.-

Notifíquese por cédula.-

Fdo.:VICTOR H.SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUBROGANTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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