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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26158/12
Fecha: 2013-03-19
Carátula: TOLEDO JORGE RUBEN S/ RECURSO DE REVISION
Descripción: Sentencia
///MA, 19 de marzo de 2013.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “TOLEDO JORGE RUBEN S/ RECURSO DE REVISION" EXPTE. Nº 26158/12-STJ-, puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----A fs. 1 se presenta el interno Jorge Rubén Toledo, en forma "in pauperis", deduciendo un recurso de revisión de la sentencia dictada en la causa Nº 155/114/09 por el delito de "Tenencia de Arma de guerra sin la debida autorización y Robo Calificado por el uso de arma de fuego apta para el disparo, en concurso ideal con robo en banda", por la Sala "B" de la Cámara en lo Criminal de Viedma.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----A fs. 5 vta. obra notificación de los defensores del interno Toledo, Dres. Juan Carlos Chirinos y Manuel Maza, no habiéndose mejorado en el plazo de diez días concedido la motivación del recurso intentado por su representado.- - - - - - - - - - - - - -
-----A fs. 42/44 la señora Fiscal General dictamina en el sentido que no habiéndose pronunciado los defensores del interno correspondería dar intervención al Tribunal de Ejecución a los fines que se brinde al condenado la debida defensa en juicio debiendo designar otro letrado de su confianza, o en caso contrario, al Sr. Defensor General para que lo asista.- - - - - -
-----No habiendo designado nuevo abogado defensor conforme fuera notificado a fs. 48 y en oportunidad de darle intervención al Defensor General, a fs. 51 el Dr. Marcelo Chironi hace saber que ha tomado conocimiento que el detenido Toledo, habría ratificado la designación de sus abogados particulares.- - - - - - - - - - -
-----Posteriormente a fs, 55 el detenido Jorge R. Toledo patrocinado por el Dr. Juan Carlos Chirinos, plantea su desistimiento a la petición de revisión que diera inicio a las presentes actuaciones.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Conforme las constancias de autos, corresponderá tener por desistido el recurso de revisión interpuesto en forma "in pauperis", por el interno Toledo.- - - - - - - - - - - - - - - -
-----Por ello, y conforme el Art. 39 L.O.
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Tener por desistido el recurso de revisión interpuesto a fs. 1 en forma "in pauperis" por JORGE RUBEN TOLEDO, por los fundamentos dados.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Segundo: Registrar, notificar, remitir copia de la presente a la Sala "B" de la Cámara en lo Criminal de Viedma y, oportunamente, archivar.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
(fdo) SERGIO M. BAROTTO-JUEZ-ENRIQUE J. MANSILLA-JUEZ.ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA- SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
PROTOCOLIZACION: TOMO I SENT. Nº 11 FOLIO 163/164 SEC. NRO. 4
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Poder Judicial de Río Negro