Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 26091/12

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-19

Carátula: CAMPOS ANAHI AIME S/ INDULTO (Originarias)

Descripción: A.I. (Of.)

///MA, 19 de marzo de 2013.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "CAMPOS ANAHI AIME S/ INDULTO" (Expte. N° 26091/12-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 inc. b) de la Ley N° 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 inc. 4to. de la Constitución Provincial, y- - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Los señores Jueces doctores Enrique J. MANSILLA y Sergio M. BAROTTO dijeron:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Que a fs. 4 la Sra. Defensora Penal de Menores e Incapaces de General Roca, en representación de la condenada Anahí Aime Campos, DNI.N° 38.906.039, actualmente en libertad condicional, se presenta ante el señor Gobernador de esta Provincia, solicitando un indulto o conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera a su representada. - - - - - - - -

-----La encartada fue sentenciada por la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca en causa N° 6379/09-CC1ra en fecha 22-09-2009 como coautora del delito de Robo doblemente calificado a la pena de 5 años y 4 meses de prisión, posteriormente mediante sentencia de fecha 23-03-2010 fue declarada responsable del delito de robo agravado por haber sido perpetrado con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada, absolviéndola de pena (fs. 21/29).- - - - - - - - - - - - - - - -

-----Según el informe proporcionado por la Secretaría del Tribunal sentenciante de fs. 5, la encartada fue detenida el 08-11-2008; y agota la pena el 07-03-2014; libertad condicional a partir del 23-03-2010 situación en la que se encuentra. - - - - -

-----El nuevo informe socioambiental de fs. 44/45 (21-12-2012) demuestra que la Sra. Campos actualmente cuenta con un sostén socio-afectivo relevante, ya que ha conformado una nueva familia, en el marco del cual contempla la crianza de una hija. Ha comenzado a encarar un proyecto de vida junto a su pareja e hija logrando obtener una vivienda y medios materiales de subsistencia, a través del vínculo laboral que ella y su concubino han establecido con el dueño de la Chacra "La Juana" ubicada en Guerrico. Los ingresos que obtiene la pareja son mínimos, no obstante, les permite dia a dia cubrir modestamente sus necesidades básica y los motiva a continuar esforzándose. Asimismo se agrega que la Sra. Campos manifiesta que ha comenzado a frecuentar una iglesia junto a su familia lo que la ha fortalecido para dejar atrás sus hábitos adictivos.- - - - -

-----Por todo lo expuesto y con el convencimiento de que una rebaja en su condena operará en ella favorablemente para conformar aún más una personalidad fortalecida, logrando la adaptabilidad social plena a corto plazo, es nuestro criterio expedirnos favorablemente a lo peticionado. ASÍ VOTAMOS.- - - -

El señor Juez doctor Eduardo ROUMEC, dijo:- - - - - - - - - - -

-----Atento la coincidencia de los señores jueces preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art.39 L.O.). MI VOTO.- - - - - -

-----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E

Primero: Informar favorablemente respecto a una conmutación de la pena impuesta a ANAHI AIME CAMPOS.- - - - - - - - - - - - - - - -

Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas y oportunamente archivar.- - - - - - - - - - - - - - -

Fdo.: ENRIQUE MANSILLA JUEZ SERGIO BAROTTIO JUEZ EDUARDO ROUMEC JUEZ EN ABSTENCION ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: T° I A.I. 4 F° 10/11 Sec. N° 4 STJ

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