Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37782

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-19

Carátula: ROMERO Maria Isabel C/ CALVO Silvia Diana y TALAY Alicia Lidia S/ ORDINARIO

Descripción: providencai

General Roca, 19 de marzo de 2013.s-

Atento las constancias de fs. 310 y 312/3, decrétase la negligencia de la pericial contable ofrecida oportunamente por Silvia Calvo y Río Uruguay, la que no podrá realizarse en esta instancia.-

Clausúrese el período probatorio. Not.-

Fecho, pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.-

Hágase saber al actor que previo a pasar las actuaciones a dictar sentencia deberá estar concluido el beneficio de litigar sin gastos, expte. 37783-III-07.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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