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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42458
Fecha: 2013-03-19
Carátula: GARCIA Mónica Patricia C/ GUEVARA Javier S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: Fija Preliminar
//neral Roca, 19 de MARZO de 2013.=
Téngase por contestado en legal tiempo y forma por la actora, el traslado de fs. 36, 4° párrafo.
Siendo la excepción interpuesta una cuestión de fondo, la misma será resuelta al momento del dictado de la sentencia definitiva.
A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 05 de JULIO de 2013 a las 8,30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente (art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro