Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34953

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-17

Carátula: LA REGINENSE Coop. Vitivinicola, Frutícola y Hortícola Colonia Regina Ltda. S/ Concurso Preventivo

Descripción: resolucion a protocolo

General Roca, 17 de junio de 2.005.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados “ LA REGINENSE COOP. VITIVINICOLA, FRUTICOLA y HORTICOLA COLONIA REGINA LTDA. s/ CONCURSO PREVENTIVO” (Expte. N” 34.953-III-02).-

A fs.936 y ss. la concursada presenta las conformidades de los acreedores.-

A fs.1113 se expide la sindicatura admitiendo que las mismas se han realizado en la oportunidad fijada en autos, y sosteniendo que la concursada ha logrado las mayorías tanto de acreedores como de capital previstas por la ley, por lo que se está en condiciones de hacer saber el acuerdo y su posterior homologación.-

Habiéndose expedido sindicatura respecto al cómputo de las conformidades y sus porcentajes y comprobado que la concursada ha logrado alcanzar las mayorías que requiere el art.45 de ley 24522, a los efectos de la aprobación del acuerdo propuesto oportunamente conforme la normativa vigente, corresponde anunciar la existencia de acuerdo preventivo, a los efectos previstos por el art.49 del mismo cuerpo legal.-

Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por las normas legales citadas.

RESUELVO: Hágase saber a los interesados la existencia de acuerdo preventivo en este trámite concursal, a los efectos previstos por los art.49, 50 y cc. de la LCQ.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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