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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0798/2012
Fecha: 2013-03-18
Carátula: PANTANO MARIA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: NO HAY HEREDEROS - HERENCIA VACANTE
EXPTE. N° 0798/2012.-
PANTANO MARIA S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de marzo de 2013.-
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Atento lo peticionado y advirtiendo en este acto que conforme surge de fs. 6 la Sra. Stella Maris Evans, hija de la aquí causante, falleció con anterioridad a ésta, el Sr. Ciro Rubén Carante, esposo de la primera y única persona presentada en autos, carece de vocación hereditaria.-
Entonces, atento el resultado de los edictos publicados a fs. 15/20 y vencido el plazo allí otorgado sin que se haya presentado persona alguna justificando su título y aceptando la herencia, de conformidad con lo dispuesto en el art. 734 del CPCC corresponde reputar la herencia como vacante.-
En consecuencia, dése intervención al Agente Fiscal en turno y la Fiscalía de Estado a los fines que estimen corresponder. Notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro