Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0801/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-18

Carátula: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: corre traslado excepción

EXPTE. N° 0801/2012

CARATULA: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de marzo de 2013.-

Atento el estado y constancias de autos provéase la presentación de fs. 34/38:

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

Por opuesta excepción, de ella y de la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

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