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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0801/2012
Fecha: 2013-03-18
Carátula: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: corre traslado excepción
EXPTE. N° 0801/2012
CARATULA: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de marzo de 2013.-
Atento el estado y constancias de autos provéase la presentación de fs. 34/38:
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Por opuesta excepción, de ella y de la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro