include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0462/2012
Fecha: 2013-03-18
Carátula: CREDISUR S.R.L. C/ GUZMAN DANIEL CASIMIRO S/ EJECUTIVO
Descripción: MULTA-OFICIO
EXPTE. Nº : 0462/2012.-
CARATULA: "CREDISUR S.R.L. C/ GUZMAN DANIEL CASIMIRO S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, de marzo de 2013.-
Agréguese. Atento lo solicitado y las constancias obrantes en autos, líbrese nuevo oficio a la firma Vigilancia y Seguridad S.A. para que en el plazo de cinco (5) días proceda a dar cumplimiento con el embargo dispuesto en las presentes actuaciones y comunicado mediante oficio nº 1714/12 y su reiteratorio nº 2600/12, bajo apercibimiento de aplicar en concepto de astreintes (conf. art. 37 del CPCC), $ 50 diarios por día de incumplimiento a favor de la peticionante. El mismo será diligenciado por el Sr. Oficial de Justicia y entregado en forma personal al titular de la firma o persona autorizada a tal efecto.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro