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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40891
Fecha: 2013-03-18
Carátula: MANSILLA Rigoberto Hernan S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: DECLARATORIA
//neral Roca, 18 de MARZO de 2013.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "MANSILLA RIGOBERTO HERNAN S/SUCESION" (Expte. Nro. 40.891-III-11).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Rigoberto Hernán Mansilla, ocurrido el 14 de septiembre de 2010 en Buenos Aires (Capital), certificado a fs. 2.
El causante se encontraba unido en matrimonio con Norma Beatriz Arias por acto celebrado el 15 de junio de 1990 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 6.-
De dicha unión nació:
Gustavo Hernán: el 15 de octubre de 1984 en Allen, (Río Negro), certificado a fs. 3.-
A fs. 51 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 53 y 71 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 57/65 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de RIGOBERTO HERNAN MANSILLA, le sucede en el carácter de único y universal heredero su hijo GUSTAVO HERNAN de apellido MANSILLA y ARIAS, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite NORMA BEATRIZ ARIAS sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro