Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35241

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-17

Carátula: BANCO PCIA. NEUQUEN S.A. c/LAND Cristina M. S/ Ejecutivo

Descripción: Proveido-embargo

//neral Roca, 17 de JUNIO de 2005._

Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.

Cúmplase con el art. 8 de la Ley 2897.

Téngase presente el bien denunciado a embargo y para su toma de razón líbrese oficio al Banco Pcia. de Neuquén, sucursal Junin de los Andes, a fin de que hagan efectivo el mismo sobre los fondos depositados en la caja de ahorro referenciada correspondiente a los demandados, -en caso de haberes abstenerse- hasta cubrir las sumas de $ 3.014,99.- en concepto de capital con más la de $ 1.200.-. Dichas sumas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal. Téngase presente la persona facultada para su diligenciamiento.

Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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