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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0805/2012
Fecha: 2013-03-14
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ MILLANAO FERNANDEZ MARCELO ALEJANDRO S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano Nº 80 - (constituido)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TARJETA NARANJA S.A. C/MILLANAO FERNANDEZ MARCELO ALEJANDRO S/COBRO DE PESOS (Sumarísimo)", Expte. Nº 0805/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 12 de marzo de 2.013.- ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 17/18 y condenar al Sr. Marcelo Alejandro Millanao Fernandez a abonar a Tarjeta Naranja S.A., en el plazo de 10 días, la suma de $ 11.518,65 en concepto de capital e intereses calculados al 31/01/13 y de allí en más intereses según la referida tasa activa hasta su efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la demandada (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios del Dr. Fernando Arturo Casadei en la suma de $ 2.840 (10 jus) -conf. arts. 6, 7, 8, 10, 20 y conc. ley G 2212-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de marzo de 2013.-
*05TXHO.DC05TY*
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro