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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0675/2011
Fecha: 2013-03-14
Carátula: NUÑEZ JOSE LUIS S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS - SUCESION DE CONYUGUES
EXPTE. N° 0675/2011.-
CARATULA: NUÑEZ JOSE LUIS S/ SUCESION AB INTESTATO.-
Viedma, de marzo de 2013.-
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Martín Lejarraga y Gonzalo Loriente, en conjunto, en forma conjunta, en la suma de $ 2.279 por los trabajos comunes e incluidas las tareas de inscripción, con cargo a la sucesión. (Coef.: 11 % más 40 % M.B .: $ 14.800 -fs. 42-) -arts. 8, 10, 25, 44, 48 y 50 Ley G 2.212-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
En su mérito déjese sin efecto la audiencia señalada a fs. 46.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro