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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42626
Fecha: 2013-03-14
Carátula: ROMBO Cia. FINANCIERA S.A. C/ RECABARREN RECABARREN Danilo Edmundo S/ SECUESTRO PRENDARIO
Descripción: INICIO
//neral Roca, 14 de MARZO de 2013.=
Téngase presente la conformidad de la Delegación de Rentas.
Líbrese mandamiento de secuestro sobre el bien marca RENAULT, tipo sedán cuatro puertas, modelo LOGAN Expression 1.6, año 2012, motor Renault N° K7MF710Q106384, chassis Renault N° 93YLSR1FHCJ198500, DOMINIO LBJ-080", el mismo con habilitación de día y horas inhábiles, a diligenciar por el oficial de justicia.
Llíbrese oficio a la autoridad policial correspondiente y a Gendarmería Nacional a fin de que procedan al secuestro del automotor, debiendo poner en posesión del bien a las personas facultadas.
Regulo los honorarios del Dr. Horacio Garcia Miralles en la suma de $ 852.-(3 jus). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7, y 8 ley 2212 RN).-
Desígnase oficial de justicia AD-HOC a Alicia Correa, quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del TERCER día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro