Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42310

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-14

Carátula: FORESTADORA del LIMAY A.F.I.C.I.S.A. C/ URRUTIA Héctor S/ ACCION REVOCATORIA (Ordinario)

Descripción: REBELDIA

Expte. 42310.-

//neral Roca, 14 de marzo de 2013.-j

Conforme con lo solicitado, la constancia de fs. 62, e informando la Actuaria en ese acto, que el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar ha derecho se encuentra vencido, sin que lo hubiere efectuado, désele por perdido el derecho que para hacerlo tenia y en mérito a lo solicitado, haciéndose efectivo el apercibimiento que dispone el art. 59 del C.P.C.y C. declárase rebelde en el juicio al demandado HECTOR URRUTIA. Notifiquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro