Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42570

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-13

Carátula: FLORES Virgilio Ramon S/ AMPARO (IPPV)

Descripción: Asesoría//APELACIÓN

General Roca, de marzo de 2013.s-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Concédese en relación el recurso de apelación interpuesto.-

Póngase los autos en Secretaria para el recurrente presente memorial.-

Intímese a las partes para que dentro del término de CINCO DIAS constituyan domicilio en la ciudad de Viedma, a esos efectos pasen las presentes actuaciones al despacho de la Defensora de Menores.-

Oportunamente, elévense las presentes actuaciones al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Rio Negro, conforme lo dispuesto por la ley 3891.-

Oportunamente, elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones con atenta nota de estilo.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro