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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0515/2008
Fecha: 2013-03-12
Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: CONTESTA TRASLADO - ORDENA LIQUIDAR
EXPTE. Nº 0515/2008
CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, marzo de 2013.-
Por contestado el traslado conferido.-
Atento el estado y contancias de autos, en atención a las posturas sustentadas por las partes y asistiendo razón a la demandada en cuanto a que la actora no imputó el pago que diera origen al depósito obrante a fs. 287, hágase saber a la Municipalidad de Viedma que, a los fines de determinar si los créditos aquí ejecutados se encuentran cancelados, deberá realizar un liquidación con detalle de las partidas y la imputación de la suma aquí depositada.-
A lo demás hágase saber a la parte demandada que deberá ocurrir por la vía y forma que corresponda.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro