Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0515/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-12

Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: CONTESTA TRASLADO - ORDENA LIQUIDAR

EXPTE. Nº 0515/2008

CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL

Viedma, marzo de 2013.-

Por contestado el traslado conferido.-

Atento el estado y contancias de autos, en atención a las posturas sustentadas por las partes y asistiendo razón a la demandada en cuanto a que la actora no imputó el pago que diera origen al depósito obrante a fs. 287, hágase saber a la Municipalidad de Viedma que, a los fines de determinar si los créditos aquí ejecutados se encuentran cancelados, deberá realizar un liquidación con detalle de las partidas y la imputación de la suma aquí depositada.-

A lo demás hágase saber a la parte demandada que deberá ocurrir por la vía y forma que corresponda.-

Rosana Calvetti

Juez

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