Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41056

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-12

Carátula: NAVARRE Susana Beatriz C/ MERA GUERRA Eudilia y otro S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (Ordinario)

Descripción: prueba proveida

General Roca, 12 de marzo de 2013.s-

Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 90 y 130/1:

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

INFORMATIVA: Líbrense oficios a La Municipalidad de General Roca, Aguas Rionegrinas S,A, Dirección General de Rentas y Camuzzi Gas del Sur, Daneil Marcelo Urioste, Edersa para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.-

TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Ricardo Ernesto Astudillo, Sandra Leonides Camacho, Rosa María Villagra, Eliacar Ulloa, fíjase como primera audiencia la del día 3 de julio de 2013 a las 8,30 hs. Para la declaración testimonial de Matilde Osterman de Nuñez, María Eugenia Orrego y Cristian Alberto Jara y Alfredo Jara fíjase como primera audiencia la del día 7 de agosto de 2013 a las 8,30 hs., bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-

Hágase saber al presentante que deberá denunciar el domicilio de Rosa María Villagra, Eliacar Ulloa y Alfredo Jara.-

CONFESIONAL: Estando representado los demandados por el Defensor de Ausentes, a la absolución de posiciones no ha lugar por no corresponder.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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