Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0018/2013

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-08

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ ARAVENA GABRIEL JOSE S/ EJECUTIVO

Descripción: cambiar valor del jus -2013-

EXPTE. Nº 0018/2013

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ ARAVENA GABRIEL JOSE S/ EJECUTIVO

Viedma, de marzo de 2013.-

Sin perjuicio de hacer saber que la resolución nº 46/13 S.T.J. dictada el día 19/02/13 que dispusiera el valor del jus fuera notificada a los organismos judiciales en fecha 26/02/13 y teniendo especialmente en cuenta la aplicación retroactiva a la que alude (01/02/13), hágase lugar a lo solicitado y en consecuencia, modifícase el monto de la regulación de honorarios de la letrada de la parte actora que fuera efectuada en la sentencia monitoria en la suma de $ 1.420 (5 jus) para la letrada de la parte actora. Notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

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