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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0882/2009
Fecha: 2013-03-08
Carátula: ABEIRO PAULINO CARLOS DANTE C/ BANCO HIPOTECARIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: modifica providencia
EXPTE. Nº 0882/2009
CARATULA: ABEIRO PAULINO CARLOS DANTE C/ BANCO HIPOTECARIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de marzo de 2013.-
Atento el estado de autos y advirtiéndose que se ha incurrido en un error en la providencia de fs. 166 al consignar el monto por el cual debe efectuarse la intervención de caja, ello teniendo en cuenta que en la sentencia monitoria dictada a fs. 156 el monto allí dispuesto en concepto de capital y honorarios asciende a la suma de $ 15.272,95, por lo que corresponde modificar en tal sentido el monto de retención como asimismo el presupuestado que será de $ 3.207.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro