Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42576

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-08

Carátula: ARIAS ARELLANO Melania del Carmen C/ DIAZ Balsamiro S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (Ordinario)

Descripción: certificacion- traslado demanda- A DEFENSORIA

SRA. JUEZ:

CERTIFICO que según consta en la página web del Registro de Juicios Universales, la sucesión de Balsamiro Diaz, no ha sido iniciada.-

Secretaria, 08 de marzo de 2013.-g

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA

Secretaria

General Roca, 08 de marzo de 2013.-g

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.

Atento la certificación que antecede, publíquense edictos en el Boletín Oficial y Diario Rio Negro por el DOS DIAS emplazando a los herederos del demandado y/o quién se considere con derecho sobre el inmueble sito en Tierra del Fuego Nro. 1654 Bº el Progreso NC 05-1-E-693-10 (Tomo 511, folio 20 Nro. Finca 106206) ubicado en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro para que dentro del término de DIEZ DIAS comparezca a tomar la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar al Sr.Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente.-

Asimismo denunciese el domicilio de Virginia Diaz.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro