Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0734/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-07

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ GUENUIN JUAN IGNACIO Y OTRO S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)

Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla cALVO

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: FABIO ANDRES CALVO

Domicilio: Calle nº 20 - casa Nº 579 - Bº Lavalle (real)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TARJETA NARANJA S.A. C/GUENUIN JUAN IGNACIO Y OTRO S/COBRO DE PESOS (Sumarísimo)", Expte. Nº 0734/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 05 de marzo de 2.013.- RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 31/33 y condenar a los Sres. Juan Ignacio Guenuin y Fabio Andres Calvo a abonar a Tarjeta Naranja S.A., en el plazo de 10 días, la suma de $ 6.642,60 en concepto de capital e intereses calculados al 31/01/2013 y de allí en más intereses según la referida tasa activa del Banco Nación hasta su efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios del Dr. Fernando Arturo Casadei en la suma de $ 2.840 (coef. 10 jus), conf. arts. 6, 7, 8, 9 y conc. Ley G nº 2.212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de marzo de 2013.-

*05TXHO.DICVYA*

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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