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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0598/2012
Fecha: 2013-03-07
Carátula: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: PROVEE PRUEBA -
EXPTE. Nº 0598/2012
AUTOS: DIAZ ROSA DEL PILAR C/ LOPEZ DANIELA PAOLA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de marzo de 2013.-
Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del CPCC que da cuenta el acta obrante a fs. 179, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (DIAZ)
DOCUMENTAL: la agregada a autos y la reservada en Secretaria (D-03/12).-
RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTAL: A los fines de que la Lic. Carolina Aguirre López proceda a reconocer o no el informe laboral obrante a fs. 65, líbrese oficio con los recaudos de la Ley 22.172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno de la ciudad de Trelew. Tiénese presente las personas autorizadas para intervenir en su diligenciamiento.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio a la Cámara del Crimen de Viedma para que remita, si su estado lo permite, los autos caratulados " Lopez Daniela S/ Homicidio Culposo" Expte. Nº 44780/2010. Hágase constar las personas facultadas para el diligenciamiento.-
INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) Ministerio de Economía de la Provincia de Chubut, para que informe: a) Si Daniela Silvina Passarotti (DNI Nº 27.186.168) fue designada por Decreto Nº 1165 de la Provincia de Chubut a cargo del Departamento de Tesorería de ese Ministerio. b) Períodos en que se desempeñó, detallando nivel de remuneraciones y antecedentes obrantes en el legajo de personal. c) Si oportunamente se extendió Certificación del Departamento de Tesorería en el cual consta que mientras permanezca en España, Daniela Passarotti tendrá a su disposición la suma de mil euros mensuales (1.000 euros) como beca de capacitación. d) Si se desempeñó con cargo de Oficial Administrativo - código 3-002 - Clase II - Personal Técnico Administrativo a cargo del Departamento Tesorería de la Subsecretaría de Coordinación. e) Si se suscribió un convenio donde Daniela Silvina Passarotti, se compromete a mantenerse por un término mínimo de treinta meses a partir del mes de agosto de 2.007 en el cargo, en reconocimiento a la capacitación abonada. f) Si al estar a cargo del Departamento de Tesorería le daba a Daniela un adicional no remunerativo, que llevaba su salario al equivalente de Director o Tesorero conforme las resoluciones legales y administrativas. g) Si el acta compromiso suscripto por Daniela directamente con el Ministro Cr. Víctor Hugo Cisterna el 26 de octubre de 2.007 por el cual y a partir del regreso de Daniela de España por las becas de perfeccionamiento se comprometía a trabajar para la administración de chubut por un lapso mínimo de treinta meses, encontrándose cumpliendo dicho compromiso afectada a área de Energías Renovables de la Provincia de Chubut cuando sobrevino la muerte por cuya responsabilidad se demanda. 2) Instituto de Ciencia y Técnica dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación de la Provincia de Chubut para que informe si extendió certificación donde consta que "La licenciada Daniela S. Passarotti, es graduada en Organización Industrial en la Universidad Tecnológica Nacional, sede Chubut, Argentina; y ha logrado profundizar y perfeccionar sus conocimientos académicos con una estadía de dos años en Madrid (España). 3) Municipalidad de la ciudad de Trelew para que informe si Daniela Passarotti: a) Ingresó a trabajar el 16 de octubre de 2002 en ese municipio. b) Si estuvo a cargo de la Dirección de Administración de ese Municipio. c) Si en el año 2.003 dicha empleada realizó el curso sobre "Cuenta General del Ejercicio".- d) Si en el año 2.004 asistió al curso de "Comunicación Eficaz Nivel 1" (Se acompaña fotocopia de certificación). e) Si en el año 2.007 la empleada para perfeccionarse en su carrera es becada en la Universidad Camilo José Cela de Madrid, España, durante el período 8 de noviembre 2007 al 30 de julio de 2008, cursando programa "Master en Recursos y Relaciones Laborales" y regresando a su ciudad. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento de los oficios ordenados.-
Con respecto al pedido de documental a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas, teniendo en cuenta que a fs. 6/11 obran copias de los certificados de nacimiento y atento el reconocimiento efectuado por la contraria a fs. 123, a su producción no ha lugar.-
PERICIA PSICOLOGICA: A los fines de la realización de la pericia psicológica, líbrese oficio con los recaudos de la Ley 22.172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno de la ciudad de Trelew, haciéndose saber que deberá designar perito de la lista y efectuar la pericia conforme lo solicitado por la parte actora a fs. 171/172 y por la demandada a fs. 177. Tiénese presente las personas autorizadas.-
Tiénese presente el ofrecimiento de consultor técnico de la parte actora a la Psicóloga Carolina Aguirre López.-
PERICIA ACCIDENTOLOGICA: Atento lo peticionado, el estado de autos y a los fines de la realización de la pericia desígnase perito accidentológico sr. Manuel Vicente Cabrera, domiciliado en 7 de marzo 1155 de Viedma, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificado y presentar la pericia dentro de los 15 días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a los puntos ofrecidos por la parte actora a fs. 172 y deberá contener en caso de incluir varias hipótesis posibles, una justificación clara de cuál es la más verosímil. Notifíquese.-
Tiénese presente el ofrecimiento de consultor técnico de la parte actora al sr. Marcelino Di Gregorio.-
Tiénese presente el desinterés manifestado por las demandadas respecto a la producción de la pericia en cuestión (art. 478 del CPCC).-
PRUEBA DEMANDADA Y CITADA EN GARANTIA (López - La Mercantil):
DOCUMENTAL: la agregada a autos.-
INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) Comercio "Copytec" para que informe si la srta. Daniela Silvina Passarotti, DNI Nº 27.186.168, trabajó en dicho comercio, en su caso informe desde que fechas, horarios que cumplía, tareas que desarrollaba y haberes percibidos. 2) Comercio "Dyloplas" Instituto Cosmetológico Integral Patagónico (ICIP) para que informe si la srta. Emiliana Passarotti trabajó en dicho instituto, en su caso, fechas comprendidas, tareas realizadas y haberes percibidos. 3) Comercio "Salomé" para que informe si la srta. Emiliana Passarotti trabajó en dicho comercio, en su caso, en qué fechas, tareas desarrolladas y haberes que percibía. 4) Comercio "Soleplast" para que informe si el sr. Bruno Passarotti trabajó en dicho comercio, en su caso, fechas en que prestó servicios, tareas desarrolladas y haberes que percibía. 5) Banco de Chubut (Casa Central) para que informe si la srta. Daniela Silvina Passarotti; DNI Nº 27.186.168, solicitó un crédito a dicha entidad bancaria, en su caso informe fecha del trámite, monto asignado y entregado, si se canceló el mismo y fecha de cancelación, remitiendo documentación respaldatoria. 6) Al sr. Víctor Davies, en su carácter de propietario del inmueble sito en calle Mitre Nº 2826, para que informe si la srta. Daniela Silvina Passarotti, DNI Nº 27.186.168, alquiló un "Bungalow" en dicho inmueble, en su caso durante que fechas, si había contrato firmado entre las partes y cuanto era el precio de alquiler mensual que abonaba. 7) Al Jardín Maternal N º 1424 (A.T.E. CH) para que informe si la sra. Rosa del Pilar Díaz, DNI Nº 13.459.333, presta ó prestó servicios en dicha institución, en su caso, desde qué fechas, que funciones cumple o presta, cual es ó era su jornada laboral, remita copia del último recibo de haberes y si ha solicitado y se le han otorgado licencias fundadas en motivos psicológicos, remitiendo en su caso las correspondientes resoluciones en copia certificada. 8) A la Anses (Sucursal Trelew) para que informe si la sra. Rosa del Pilar Díaz, DNI Nº 13.459.333, percibe pensión por viudez, en su caso número de beneficio, desde cuando se le otorgó y monto que percibe en la actualidad.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado Correccional Nº 6 a cargo del Dr. Juan Antonio Bernardi, a fin de que remita copia certificada de la causa penal caratulada "López Daniela Paola S/ Homicidio culposo" en cuanto al trámite dado ante la UFAP, actas de audiencias, como así también el informe de alcoholemia efectuado sobre muestra de sangre tomada a la sra. Daniela Paola López, como así también copia del informe accidentológico.-
CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- CPCC).-
PERICIA PSICOLOGICA: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-
A los fines de recibir la declaración de los testigos propuestos por la parte actora sres. Graciela Noemí Montero, Pedro Pangaro, Dolores Valdiviezo, Marcela del Valle Peralta y Sandra Viviana Ficca, conforme el interrogatorio que obra a fs. 151 y vta.; y por la parte demandada y citada en garantía: sres. Analía Verónica Gonzalez, Valeria Elizabeth Matarese, Jacobo Bruno Arzamendia,Ana María Ansaldo, Darío Héctor Figueroa, Vícor Davies yGabriela Lorena Oros, según interrogatorio de fs. 167/168, líbrese oficio con los recaudos de la Ley 22.172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, debiéndose transcribir los correspondientes interrogatorios. Tiénese presente las personas autorizadas para intervenir en su diligenciamiento.-
Hágase saber que deberá informarse el Juzgado en que ha quedado radicado el oficio y las fechas de audiencias que se designen de conformidad con lo previsto en el art. 454 CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro