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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41958
Fecha: 2013-03-07
Carátula: Of.Dto: PERALTA Sergio C/ RODRIGUEZ Hugo y Otro S/ OFICIO LEY 22.172
Descripción: regulacion
General Roca, 07 de marzo de 2013.-g
Agréguese y éstese a la estimación que hara el Juez oficiante.-
Habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado por el Juez oficiante, regulo los honorarios de los Dres. Barbara Sanchez Pulgar en $ 435 y los del Dr. Luis Ancalao Pulgar en la suma de $ 435 .- (arts. 6 y 7 Ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869, previo a la devolución.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro