Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41429

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-04

Carátula: ANTONINI Alfredo y GIACOMINO Justina S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: Adecuación Honorarios

Expte. 41429.-

//neral Roca, 04 de marzo de 2013.-j

Agréguese el informe acompañado.-

Atento lo peticionado, lo manifestado a fs. 64, lo dictaminado a fs. 66, y el informe de dominio agregado, procedo a adecuar la regulación de honorarios de fs. 60.-

Por la primera etapa, se adicionan a los honorarios profesionales de la Dra. Graciela Margarita Tempone la suma de $ 3.920.- y a los del Dr. Hernán Enrique Mones la suma de $ 3.920.- a cargo de los herederos.-

Por la segunda etapa, se adicionan a los honorarios profesionales de la Dra. Graciela Margarita Tempone la suma de $ 7.840.- a cargo de los herederos- (M.B. $ 120.246,76 - arts. 6, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)

El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20 ,págs. 51/2.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Para la inscripción, acompáñense libres deudas debidamente actualizados (Inmueble NC 06-1-B-324-17).-

A la regulación por la tercera etapa, estése a lo resuelto por Cámara de Apelaciones en autos "LUCERO CIRILO s/Sucesión" (Expte. 21217-CA-12) y "MEHDI DAVID ROBERTO s/SUCESION TESTAMENTARIA" (Expte. Nro. 21235-CA-12).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro